• Licencia apertura: Centros estética, peluquerías y similares.

    Licencia apertura: Centros estética, peluquerías y similares. En este tipo de establecimientos la actividad principal es la estética, ya sea como peluquería, cosméticos, sauna-spa y demás tratamientos relacionados con la estética, excluyendo, eso sí, los tratamientos destinados a la ingestión, inhalación o implantación en el interior del cuerpo humano.

    El procedimiento de solicitud se lleva a cabo a través de un Proyecto visado.

    En lo que respecta a los requisitos de los locales donde se va a desarrollar la actividad estética, estos serán los siguientes:

    - En el caso de peluquerías, el local contará con una pila para lavado del material e instrumentos y una zona de lavado de cabezas.

    - Si además cuentan con servicio de depilación, tendrán que tener una zona independiente.

    - Aseo para ambos sexos con anteservicio.

    - Si se trata de institutos de belleza, tiene que haber vestiarios para los clientes, con una zona de duchas, lavabo e inodoros.

    - En los centros capilares, habrán de cumplirse las normas de peluquería que les afecten. 

    -  Si el tratamiento capilar requiere intervención quirúrjica tendrá que realizarse bajo la dirección de un médico responsable, cumpliendo el local la función de centro sanitario.

    - Sólo podrán utilizar productos cosméticos.

    - Como requisitos generales, habrá que seguir la normativa de incendios, aire acondicionado, y elementos externos.

     

     

     

    Compartir en

    Comentarios

    david31/10/2011 15:47:23

    quisiera abrir centro de masaje en madrid,(no fisio).que tipo de licencia necesito?como estetica u otras?

    Israel06/05/2011 10:17:06

    En un instituto de belleza es obligatorio que exista un lavabo en cada cabina? Es que quisiera aprovechar unas dependencias ya existentes y no me gustaria hacer mucha obra.
    Un saludo y muchas gracias

    Roberto31/03/2011 23:34:11

    Quisiera saber si para la comunidad de madrid es obligatorio que uno de los dos baños sea apto para minusvalido. (Peluqueria)

    Respuesta AIPI sobre licencias de actividad para peluquerías:

    Esto, por ridículo que parezca, es a negociar con el técnico del Ayuntamiento. A nuestro modo de ver, no es exigible porque el aseo de una peluquería no es para el público, sólo para el personal que trabaja en ella (si lo usa alguien del público es una cortesía) y si no hay personal minusválido trabajando en la peluquería, no es exigible, porque me parece difícil cortar el pelo en silla de ruedas, pero como le digo, cosas absurdas estamos cansados de ver todos los días.

    Si desea ampliar la información, contacte con nosotros en:

    info@aipi.es
    91 331 45 23

    Escribe un comentario

    Nombre (requerido)
    Email (requerido, no será publicado)
    Website (opcional)
    Recordar los datos en este equipo
    He leído y acepto la cláusula de protección de datos.
    Protección de datos